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Procédure collective
PINTURAS GUAREÑA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B09251679Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/06/2016 → 29/05/2021
- Procédure
- 352/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal29/05/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 352/2016Ordonnance 03/09/2019
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, Anuncia: Que en el procedimiento concursa! número 352/2016 en el que figura como concursado/a PINTURAS GUAREÑA, S.L., CIF B09251679, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 3 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
- Declaración de concurso22/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 352/2016Ordonnance 01/06/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 352/2016, NIG n.º 48.04.2-16/011976, por auto de 1/6/2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor PINTURAS GUAREÑA, S.L., con CIF B-09251679, con domicilio en calle Murrieta, n.º 33, Barakaldo-Bizkaia. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal está integrada por D. JORGE CABIA AGUSTÍN, con domicilio en Gran Vía, 40-bis, 5.º centro, 48009 de Bilbao, con dirección de correo electrónico: [email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.pub licidadconcursal.es Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquel se remiten, se publicarán en la Sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7RD 892/2013). Bilbao, 1 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.