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Procédure collective

PLASTICOS PALEMA SL EN LIQUIDACION

CIF B03875176Voir la fiche société

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308/05/201308/01/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/01/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteOrdonnance 12/12/2014

    Dña. Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, hago saber: Que en el Concurso Abreviado n.º 242/13, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil Plásticos Palema, S.L., con C.I.F. B03875176, y domicilio en c/ Cantal de Eraes, n.º 6 de Aspe (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.628, folio 114, hoja número A-22.870, inscripción 1.ª, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 12/12/14, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Plásticos Palema, S.L. 2. El deudor Plásticos Palema, S.L. queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Plásticos Palema, S.L. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4. Se acuerda la extinción de Plásticos Palema, S.L., con CIF B03875176 y domicilio en la c/ Cantal de Eraes, n.º 6 de Aspe (Alicante) decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5/11/14. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Iltmo/a. Sr./a. D/Dña. RAFAEL FUENTES DEVESA, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario. Alicante, 12 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal13/07/2013
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 02/07/2013

    Edicto El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme a los arts. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el Administrador Concursal, proveído por resolución de fecha 2/07/13, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 242/13 y de la concursada Plásticos Palema, S.L., con CIF B03875176, y domicilio en C/ Cantal de Eraes, n.º 6, de Aspe (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1628, folio 114, hoja número A-22870, inscripción 1.ª Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 2 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal08/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteOrdonnance 19/04/2013

    Edicto D.ª Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 19 de abril de 2013 en el procedimiento con número de autos 242/13-C y NIG 03014-66-2-2013-0000563, se ha declarado en concurso de Acreedores Voluntario al deudor Plásticos Palema, S.L., con CIF B03875176, con domicilio en la c/ Cantal de Eraes, n.º 6, en Aspe (Alicante). Segundo.- Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal D. José Manuel Gonzalbes Llorca, Economista con domicilio postal en calle Explanada de España, n.º 1, 2.º izquierda, Alicante, teléfono 667684281, fax 962280359 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 25 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.