AccueilJusticePLAYA CRISTAL SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

PLAYA CRISTAL SOCIEDAD LIMITADA

CIF B31692288Voir la fiche société

Publications
113/04/201313/04/2013
Procédure
888/2012

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso13/04/2013
    ⚖️ TARRAGONAProc. 888/2012Ordonnance 15/03/2010

    Edicto El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Playa Cristal, S.L., en liquidación, con CIF B-31692288, seguidos en este Juzgado con el n.º 888/2012, se ha dictado en fecha 18/03/13 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Acuerdo: 1.- Declarar el concurso de acreedores de la entidad Playa Cristal, S.L., en liquidación, y concluir el presente procedimiento concursal por estar la sociedad en el supuesto de insuficiencia de bienes de su propiedad ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores. 2.- Se declara disuelta y extinguida la mercantil Playa Cristal, S.L., en liquidación, con CIF número B-31692288, inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona al Tomo 2274, Folio 206, Hoja T-35530 y con domicilio social en Cambrils, calle Consolat de Mar, 68, cesando en su función los liquidadores mancomunados nombrados en Junta Extraordinaria Universal de fecha 15 de marzo de 2010. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución. 4- Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Reus. 5.- Esta resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24." Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 18 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.