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Procédure collective

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CIF B30827638Voir la fiche société

Publications
430/01/201719/01/2024
Procédure
465/2016
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal19/01/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 465/2016Ordonnance 21/12/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso19/01/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 465/2016Juge : CARLOS VIELBA ESCOBAROrdonnance 21/12/2023

    Edicto por el que se notifica Auto de aprobación del plan de Liquidación del concursado D.José Carmelo Pérez Almagro y en el que, entre otros pronunciamientos, se acuerda la apertura de la sección de calificación, con todos los efectos a ellos inhere

  3. Conclusión del concurso21/12/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 465/2016Juge : FRANCISCO CANO MARCOOrdonnance 21/12/2023

    CONCLUSION CONCURSO

  4. Declaración de concurso30/01/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de MurciaProc. 465/2016Ordonnance 03/01/2017

    Edicto D.ª Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 465/2016 y NIG n.º 30030 47 1 2016 0001070 se ha dictado en fecha 3 de enero de 2017 auto de declaración de concurso ordinario- voluntario del deudor Polaris World Network, S.L.U., con CIF B-30827638, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Murcia-San Javier, Km 18, Balsicas - 30509 – Murcia. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a la Sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., con domicilio profesional en Avda. Teniente Montesinos, n.º 10, 5.ª planta, 30100 Murcia, teléfono 968839616 y correo electrónico [email protected] donde los acreedores, a su elección, deben efectuar la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Comunicar que en lo sucesivo, las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la página www.oficinajudicialmurcia.es Murcia, 13 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.