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Procédure collective

POLDAK SA

CIF A79154639Voir la fiche société

Publications
425/03/201718/11/2024
Procédure
62/2017
Tribunal
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA · Primera instancia/Mercantil - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal18/11/2024
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA Proc. 62/2017Juge : MONTSERRAT MORERA RANSANZOrdonnance 22/04/2024

    Admisión acuerdo extrajudicial de pagos (art 648LC) de Juan Esteban Baena Lopera.

  2. Conclusión del concurso18/11/2024
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA Proc. 62/2017Juge : XAVIER GARCIA BONETOrdonnance 22/04/2024

    DECLARACIÓN DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO

  3. Conclusión del concurso14/11/2024
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 62/2017Juge : ANGELA SANZ RUBIOOrdonnance 22/04/2024

    Acreedores y afectados por la conclusion de concurso a nombre de la entidad Poldak , S.A. con cif A79154639

  4. Declaración de concurso25/03/2017
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 62/2017Ordonnance 28/02/2017

    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 62/2017 y NIG n.º 19130 42 1 2017 0000516, se ha dictado en fecha 28 de febrero de 2017 Auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor POLDAK, S.A., con CIF n.º A-79154639, cuyo domicilio social está en Madrid C/ Santísima Trinidad, n.º 30, 2.º 2.º Se ha acordado que las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio las conserva el deudor, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la administración concursal mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a D.ª Carmen Izquierdo Pérez, con domicilio postal en C/ Enrique Benito Chavarri, n.º 6, 2.º piso, de Guadalajara. y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 3 de marzo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.