Procédure collective
PORGADO SL
CIF B92030089Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 21/02/2020 → 02/06/2022
- Procédure
- 148/2006
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal02/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 148/2006Juge : AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑAOrdonnance 11/02/2020
624/2021 Testimonio del Decreto teniendo por efectuadas las comunicaciones.
- Otro acto concursal02/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 148/2006Juge : JUAN JOSE HURTADO YELOOrdonnance 11/02/2020
AUTO DECLARACION CONCURSO Y PUBLICACION EDICTO TEJU
- Otro acto concursal02/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 148/2006Juge : ANGELA SANZ RUBIOOrdonnance 11/02/2020
AUTO CONCLUSIÓN POR INSUFICIENCIA DE MASA Y RECONOCIMIENTO DEL BENEFICIO DE EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO
- Otro acto concursal02/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 148/2006Juge : JOSE LUIS ARANDA PARDILLOSOrdonnance 11/02/2020
Declaración y al mismo tiempo conclusión y traslado a acreedores para alegaciones sobre exoneración de pasivo insatisfecho
- Conclusión del concurso11/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 148/2006Juge : PEDRO MARQUEZ RUBIOOrdonnance 11/02/2020
Las partes personadas podrán impugnar el inventario de bienes y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la última public
- Conclusión del concurso21/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaOrdonnance 11/02/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, Anuncia: Que en el concurso 148.13/06 del concursado Porgado, S.L., con CIF B92030089, y representado por el procurador José Ramos Guzmán se ha dictado con fecha 11 de febrero de 2020 auto acordando la conclusión del referido concurso por insuficiencia de masa. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Málaga, 18 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Jose María Casasola Diaz.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.