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Procédure collective
PROALDA 64 SL EN LIQUIDACION
CIF B57253817Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 16/07/2018 → 09/12/2025
- Procédure
- 338/2018
- Tribunal
- MERCANTIL DE PALMA Nº 003 · Juzgado de lo Mercantil 3 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/12/2025⚖️ MERCANTIL DE PALMA Nº 003Proc. 338/2018Juge : SONIA MONTES RUIZOrdonnance 28/11/2025
Rendición de Cuentas
- Conclusión del concurso29/01/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de Palma de MallorcaOrdonnance 23/01/2019
D. Luis Márquez de Prado Moragues, Letrado del Juzgado de lo Mercantil 3 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos 0000848 /2018 (N.I.G. 07040 47 1 2018 0002919) seguidos en este órgano judicial se ha dictado en fecha 23 de enero de 2019 auto de conclusión del concurso voluntario de la entidad PROMAS MALLORCA, S.L., con CIF B57253817, por insuficiencia de masa activa conforme al art. 176 bis de la Ley Concursal. 2.º Se ha acordado la extinción de PROMAS MALLORCA, S.L., así como la cancelación de su inscripción en los registros públicos. Palma de Mallorca, 24 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Márquez de Prado Moragues.
- Declaración de concurso16/07/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de Palma de MallorcaOrdonnance 22/06/2018
D. Luis Márquez de Prado Moragues, Letrado del Juzgado de lo Mercantil 3 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber que: 1.º En los autos de concurso Ordinario 00000338/2018 y NIG 07040 47 1 2018 0001551 se ha dictado en fecha 22 de junio de 2018 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora PROALDA 64, Sociedad Limitada con C.I.F. B57253817. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. 3.º Se ha designado, como Administración concursal al abogado Iñigo Casasayas Talens, con DNI 34068331H, domicilio postal en Avda. Jaime III, n.º 20, 3.º A, de Palma de Mallorca, y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde la publicación a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/. Palma de Mallorca, 12 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Márquez de Prado Moragues.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.