Procédure collective
PROCONTROL SL
CIF B08816910Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 18/10/2012 → 26/03/2013
- Procédure
- 539/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso26/03/2013⚖️ BARCELONAProc. 539/2012Ordonnance 20/09/2012
Edicto dando publicidad al archivo del concurso Doña Natalia Ramos Laín Secretaria del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de archivo del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.-Concurso voluntario 539/2012 sección C5. Entidad concursada.-Procontrol, Sociedad Limitada, con CIF B08816910. Fecha del auto de declaración.-20 de septiembre de 2012. Fecha del auto de archivo.-7 de marzo de 2013. Barcelona, 7 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso18/10/2012⚖️ BARCELONAProc. 539/2012Ordonnance 20/09/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial en sustitución del Juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona, Hace saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 539/2012 en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Procontrol, Sociedad Limitada", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 539/2012 Sección C5. NIG del procedimiento: 0801947120128003968. Entidad concursada: "Procontrol, Sociedad Limitada", con CIF B08816910. Tipo de concurso: Voluntario Fecha del auto de declaración: 20 de septiembre de 2012. Administrador/es concursal/es: Don Víctor Perramon Flaquer, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de septiembre de 2012.- El Secretario en sustitución.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.