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Procédure collective

PROMOCIONES TECORIOJA SL

CIF B26338764Voir la fiche société

Publications
202/07/202008/07/2020
Procédure
336/2014
Tribunal
PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/07/2020
    ⚖️ LOGROÑOProc. 336/2014Ordonnance 02/07/2020

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia, n.º 6, de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 336/2014, N.I.G.: 26089 42 1 2014 0003278, por auto de fecha 2 de julio de 2020, se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Promociones Tecorioja, S.L., con CIF B-26338764, y domicilio social en c/ Gran Vía n.º 49, bajo, de Logroño (La Rioja). Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Promociones Tecorioja, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de La Rioja. 5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal. Logroño, 2 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elias.

  2. Conclusión del concurso02/07/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 336/2014Juge : RAFAEL YANGÜELA CRIADOOrdonnance 02/07/2020

    Auto de conclusión

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.