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Procédure collective

PROMOCON ROGER DE LLURIA SL

CIF B64550106Voir la fiche société

Publications
211/11/200913/06/2013
Procédure
767/2009

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso13/06/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 767/2009Ordonnance 02/05/2013

    Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el concurso número 767/2009 seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Sra. Montserrat Zaragoza Formiga en nombre de Promocon Roger de Lluria, S.L.U. con número de CIF B-64.550.106, se ha dictado auto en fecha 02.05.13 acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 2 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal11/11/2009
    ⚖️ BARCELONAOrdonnance 26/10/2009

    Edicto. Don Francisco Javier Caro Orozco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 767/09 en el que se ha dictado con fecha 26 de octubre de 2009 auto declarando en estado de concurso Voluntario Abreviado a la empresa Promocon Roger de Lluria, SLU, con B-64550106 y domicilio en Terrassa plaza de la Cultura, 8, local 3, con sus facultades intervenidas. Plazo para comunicación de créditos: Quince días a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. La comunicación de los créditos y la personación deberá realizarse ante la Unidad de Apoyo concursal sita en Gran Via Corts Catalanes, 111 Edificio C, planta 13, 08014 Barcelona. Dado en Barcelona, 26 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.