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Procédure collective
Promodical Manchega, S.L., con CIF-
CIF B13466362Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 09/06/2012 → 26/06/2015
- Procédure
- 524/2011
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal26/06/2015⚖️ CIUDAD REALOrdonnance 22/06/2015
Don Gregorio Pérez Fernández Mayorales, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC. Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal n.º 524/11, seguido frente al deudor concursado Promodical Manchega, S.L., con CIF-B13466362, por auto de 22 de junio de 2015 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso de la citada entidad. 2.-Se acuerda el cierre de la hoja de inscripción de la entidad, Promodical Manchega, S.L., en el Registro Mercantil. 3.-Se acuerda el cese definitivo de la Administradora concursal designada doña Manuela Serrano Sánchez. 4.-La entidad "Promodical Manchega, S.L.", quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo. Ciudad Real, 23 de junio de 2015.- Secretario judicial.
- Declaración de concurso09/06/2012⚖️ CIUDAD REALProc. 524/2011Ordonnance 29/05/2012
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 524/2011 y NIG n.º 0004712/2011, se ha dictado en fecha 29 de mayo de 2012 auto de declaración de concurso necesario del deudor Promodical Manchega, S.L., con CIF B13466362, con domicilio en Ciudad Real, Calle Alarcos, n.º 4, 3.ª planta, CP 13001. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, al menos, en este momento procesal, sin perjuicio de ulterior resolución que justifique un cambio por las circunstancias que concurran. 3º.- Se ha designado, como administración concursal a la Letrada doña Manuela Serrano Sánchez, con domicilio en Paseo de la Castellana, n.º 35, 2.ª, 28045 de Madrid, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos. 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. Estos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente, por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC). 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 29 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.