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Procédure collective
PROMOSANTANA SL
CIF B21387246Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 31/01/2017 → 05/10/2021
- Procédure
- 289/2016
- Tribunal
- PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal05/10/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juge : JOSEFINA OÑA MARTINOrdonnance 14/04/2021
RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal05/10/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juge : JOSEFINA OÑA MARTINOrdonnance 14/04/2021
INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN JUNTO CON ESCRTIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS.
- Otro acto concursal04/04/2019⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 289/2016Juge : MIRIAM ANDRES VILLAOSLADAOrdonnance 03/09/2018
APROBACION PLAN LIQUIDACION
- Otro acto concursal31/01/2017⚖️ HUELVAProc. 289/2016Ordonnance 26/09/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.- Que en el procedimiento número 289/2016 con NIG 2104142M20160000219 por auto de 20/9/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promosantana S.L. con CIF B-21387246 con domicilio en c/ San Juan de Dios, 16, Lepe, Huelva, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Huelva. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. José Miguel Llinares Tarriño, DNI 29799462H, vecino de Huelva con domicilio en c/ Puerto, 16 6º, profesión abogado, dirección de correo electrónico, [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Huelva, 26 de septiembre de 2016.-
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.