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Procédure collective

PROSS SOLUCIONES INFORMATICAS SL

CIF B85542017Voir la fiche société

Publications
209/11/201303/07/2017
Procédure
516/2013 · 10/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/07/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 516/2013Ordonnance 07/06/2017

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 516/2013 de la deudora PROSS SOLUCIONES INFORMÁTICAS, S.L.U., CIF B85542017 por Auto de fecha 7 de junio de 2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 26 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso09/11/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 10/2013Ordonnance 25/10/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el art 23 (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 516 /2013, por auto de 25/10/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pross Soluciones Informáticas, S.L.U., con domicilio en C/ Cochabamba, 11, CIF B-85542017, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, D.ª Dolores Alemany Pozuelo con despacho en P.º de la Castellana, 122, 1-dcha., Madrid 915694969, [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 25 de octubre de 2013.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.