AccueilJusticePROTECNICS GLOBLAL, S.L.

Procédure collective

PROTECNICS GLOBLAL, S.L.

CIF B65399149Voir la fiche société

Publications
622/04/202520/06/2025
Procédure
176/2025 · 231/2025
Tribunal
Mercantil - 8 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE BARCELONA

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal20/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 8Proc. 176/2025Juge : RAQUEL PALMERO MALDONADOOrdonnance 18/06/2025

    Las partes personadas, que se consideren perjudicadas, pueden impugnar el inventario de los bienes y la lista de acreedores en el plazo de DIEZ días desde la inserción de los mismos en el Registro público concursal, de conformidad con el art. 297 LC.

  2. Apertura de liquidación23/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE BARCELONAProc. 231/2025Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENÉNDEZOrdonnance 14/04/2025

    1.-QUE EN EL CONCURSO ABREVIADO 911/2021 VOLUNTARIO REFERENTE AL CONCURSADO EXPONENTIAL VENTURES, S.L. SE HA DICTADO CON FECHA 11/07/20222 AUTO DE APROBACIÓN DE PLAN DE LIQUIDACIÓN, PRESENTADO POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.

  3. Otro acto concursal23/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE BARCELONAProc. 231/2025Juge : FRANCISCO CALLEJA GÓMEZOrdonnance 14/04/2025

    EN ARCHIVO ADJUNTO

  4. Otro acto concursal23/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE BARCELONAProc. 231/2025Juge : Mar Dafne Parra del ValleOrdonnance 14/04/2025

    Declaro concluso el procedimiento concursal de Jose Ramon Caballero Sanz y el archivo de las actuacions. Concedo a Jose Ramon Caballero Sanz el benebicio de exhoneración del passivo insatisfecho con caràcter definitivo

  5. Declaración de concurso23/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE BARCELONAProc. 231/2025Juge : Mar Dafne Parra del ValleOrdonnance 14/04/2025

    Declaro concluso el procedimiento concursal de Jose Ramon Caballero Sanz y el archivo de las actuacions. Concedo a Jose Ramon Caballero Sanz el benebicio de exhoneración del passivo insatisfecho con caràcter definitivo

  6. Declaración de concurso22/04/2025
    ⚖️ Mercantil - 8Proc. 231/2025Juge : RAQUEL PALMERO MALDONADOOrdonnance 14/04/2025

    Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.