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Procédure collective

PROYECTOS Y DECORACION SANCHEZ SL

CIF B83373605Voir la fiche société

Publications
318/03/201408/07/2019
Procédure
39/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de MadridProc. 39/2014Ordonnance 20/06/2019

    Edicto Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 07 de Madrid, anuncia: En el procedimiento concursal que con el número 39/2014 referido a la mercantil Proyectos y Decoración Sánchez, S.L. con C.I.F. B83373605 se ha dictado sentencia de fecha 20.06.2019 por la que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación. La misma resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. El cese en su cargo del administrador concursal Inocencio Arroyo Egido aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 20 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de justícia, Juan Luís Ramos Mendoza.

  2. Apertura de liquidación07/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 39/2014Ordonnance 23/06/2014

    Edicto D.ª VIRGINIA MONTEJO LABRADA, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 39/2014 referente al concursado Proyectos y Decoraciones Sánchez, S.L., con n.º de C.I.F. B-83373605, por Decreto de fecha 04/06/2014 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Proyectos y Decoraciones Sánchez, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- Las partes interesadas, en que se les notifique las resoluciones que se dicten durante la tramitación de la Sección 5.ª, deben personarse específicamente en la misma. 5.- Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 6.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Madrid, 23 de junio de 2014.- La Secretaria.

  3. Otro acto concursal18/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridOrdonnance 05/03/2014

    Edicto D.ª Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, Anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 39 /2014, referente al deudor Proyectos y Decoración Sánchez, S.L., con n.º de CIF B-83373605, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 5 de marzo de 2014.- La Secretaria.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.