AccueilJusticePROYECTOS Y FIRMES SL EN LIQUIDACION

Procédure collective

PROYECTOS Y FIRMES SL EN LIQUIDACION

CIF B33666900Voir la fiche société

Publications
312/06/201304/08/2014

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal04/08/2014
    ⚖️ OVIEDOOrdonnance 05/06/2014

    Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 239/12 (N.I.G.: 33044 47 1 2012 0000573) relativo al deudor "Proyectos y Firmes, S.L.", con CIF n.º B33666900, en el cual con fecha 5 de junio de 2014, se ha dictado Providencia anunciando la presentación por parte de la administración concursal, de los textos definitivos. Se acuerda igualmente en dicha resolución que se anuncie su presentación por medio de edicto a publicar en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado, y que las discrepancias con el contenido de los textos definitivos respecto a la inclusión de créditos posteriores (artículo 96 bis de la Ley Concursal) o modificación o sustitución del acreedor inicial en la lista de acreedores (artículo 87.8) se tramitarán por los cauces del incidente concursal previsto en el artículo 96 bis 3 de la Ley Concursal. El plazo para impugnar respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto. Oviedo, 5 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal15/10/2013
    ⚖️ OVIEDOOrdonnance 19/09/2013

    Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal 239/12 (N.I.G.: 33044 47 1 2012 0000573) relativo al deudor Proyectos y Firmes, S.L. con CIF n.º B-33666900, en el cual, con fecha 19 de septiembre de 2013 se ha dictado Providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la LC y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto que se ha acordado realizar en el BOE, y en el Tablón de Anuncios del Juzgado. Oviedo, 19 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

  3. Otro acto concursal12/06/2013
    ⚖️ OVIEDOOrdonnance 04/04/2013

    Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 239/12 (NIG 33014 47 1 2012 0000573), se ha dictado en fecha 4 de abril de 2013 Auto Declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Proyectos y Firmes, S.L., con CIF n.º B33666900, y domicilio en Polígono de Riaño, n.º 2, parcelas 8 y 9, Langreo-Asturias. 2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a doña Inmaculada Cubría Madariaga, quien ha designado al objeto que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Avenida de Valentín Masip, n.º 17, 1.º E, CP 33013 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que en ningún caso tendrá por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a jueves de 10:00 horas a 14:00 horas. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Oviedo, 23 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.