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Procédure collective
PROYECTOS Y OBRAS VICONSA, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B13498175Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 25/05/2012 → 23/01/2016
- Procédure
- 01/2016
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/01/2016⚖️ CIUDAD REALProc. 01/2016Ordonnance 18/01/2016
D. Rafael Villar Herrera, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal nº 122/11, seguido frente al deudor concursado "Proyectos y Obras Viconsa, S.L.", con CIF- B13498175, por auto de fecha 18/01/2016 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso de la citada entidad. 2.- Se acuerda el cierre de la hoja de inscripción de la entidad, "Proyectos y Obras Viconsa, S.L." en el Registro Mercantil. 3.- Se acuerda el cese definitivo del administrador concursal designada Don Bernardo Sevillano Martín. 4.- La entidad "Proyectos y Obras Viconsa, S.L.", quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo. Ciudad Real, 18 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso01/12/2012⚖️ CIUDAD REALOrdonnance 28/11/2012
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1. Que en la Sección I Declaración de Concurso número 0000122/2011-A seguidos en este Juzgado, referente al deudor PROYECTOS Y OBRAS VICONSA, S.L., con CIF B-13498175, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Ciudad Real, 28 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso25/05/2012⚖️ CIUDAD REALOrdonnance 16/05/2012
Don Rafael Villar Herrera, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1.º-Que en la Sección I de declaración de concurso de los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000122/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2011 0000514, se ha dictado en fecha 16 de mayo de 2012 auto de declaración de concurso voluntario de la entidad deudora "Proyectos y Obras Viconsa, S.L.", con CIF n.º B-13498175 y domicilio social en calle Palomar, n.º 11, bajo, de la localidad de Puertollano (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada localidad de Puertollano (Ciudad Real). 2.º-Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora sobre su patrimonio que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometido en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del/de los Administrador/es Concursal/es designado/s. 3.º-Se ha designado, como Administrador concursal al letrado en ejercicio don Bernardo Sevillano Martín, colegiado n.º 1723 del ICACR, con domicilio postal en calle Azucena, n.º 21, 1.º-A, 13003 Ciudad Real, y dirección electrónica [email protected], domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos. 4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º-La Administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 6.º-A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.). 7.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 17 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.