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Procédure collective
PROYECTOS Y SOLUCIONES GESTION DIEZ SA
CIF A84606938Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 11/04/2012 → 27/05/2025
- Procédure
- 101/2012
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Mercantil - 6 · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal27/05/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 101/2012Juge : ANTONIO GAMBÓN VILALTAOrdonnance 14/05/2025
Declaro WILMER JONAS LUNA RICO y ÁNGELA MARÍA FIOCCO concurso acreedores consecutivo
- Conclusión del concurso14/05/2025⚖️ Mercantil - 6Proc. 101/2012Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 14/05/2025
Auto de conclusión y archivo
- Conclusión del concurso18/07/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 101/2012Juge : Néstor Padilla DíazOrdonnance 14/05/2025
EDICTO D. CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Santa Cruz de Tenerife, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000300/2013, se ha dictado en ...
- Otro acto concursal19/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 101/2012Ordonnance 04/09/2012
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal número 101/2012 referente al deudor "Proyectos y Soluciones Gestión Díez, S.A.", con CIF A84606938 se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.-Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 4 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal28/06/2012⚖️ MADRIDProc. 101/2012Ordonnance 13/06/2012
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 101/2012 se ha dictado auto de siete de junio de dos mil doce acordando dejar sin efecto nombramiento de administrador concursal y nuevo nombramiento de Administrador concursal del deudor Proyectos y Soluciones Gestión Díez, S.A. con CIF A84606938. El referido auto en su parte dispositiva literalmente dice: 1. Se deja sin efecto el nombramiento de don Miguel Ángel Alcaraz García como Administrador concursal, debido a su fallecimiento. 2. Se nombra Administrador del concurso por el mismo concepto a la mercantil Roca Junyent, S.L.P. a quien se le comunicará el nombramiento. Madrid, 13 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal11/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 101/2012Ordonnance 26/03/2012
Edicto D.ª María Jesús Palmero Sandin, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 101/2012, por auto de 26 de marzo de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Proyectos y Soluciones Gestion 10, S.A., C.I.F. A84606938, con domicilio en calle Preciados, n.º 32, 1.º D, Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Miguel Ángel Alcaraz García, abogado, con despacho profesional en C/ José Abascal, 56, 7.º - 28013 Madrid. Correo electrónico: [email protected]. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 26 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.