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Procédure collective

Publitft s.l

CIF B91484758Voir la fiche société

Publications
222/09/201811/03/2019
Procédure
72/2018
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Sevilla

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso11/03/2019
    ⚖️ SEVILLAOrdonnance 06/03/2019

    El Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección Tercera, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento número 72/18, con NIG 4109142120180047041 por auto de 01/03/19 se ha declarado CONCLUÍDO por insuficiencia de masa al deudor Publitft s.l. con CIF B91484758, se ha acordado lo siguiente: -Declarar la conclusión del concurso voluntario de Publitft s.l.con CIF B91484758 por insuficiencia de masa, y en su consecuencia y sin perjuicio de los demás efectos de Ley; -Se declara, asimismo, la extinción de la entidad, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su debida constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia residual de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente, o sobrevenido hasta su íntegra liquidación. -A tales efectos publíquese esta resolución en el BOE por medio de edictos de inserción gratuita y con los extremos del art. 23 LC, gestionándose dicha publicación por esta oficina de forma telemática y si no fuera posible a través del Procurador del Solicitante. -Se acuerda igualmente el cese del miembro/s de la Administración Concursal designada, una vez se acredite en autos cumplimentado el trámite registral aludido, a cuyos efectos, una vez firme esta resolución, expídansele los mandamientos oportunos. - Y de conformidad con el artículo 178.2 LC, no obstante la conclusión acordada, queda el deudor responsable del pago de los créditos subsistentes. - Queda sin efecto la interrupción de la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración del concurso, iniciándose de nuevo su computo desde la firmeza de la presente. - Aprobar la elemental rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y que resulta de sus escritos de autos. Sin perjuicio de la publicidad registral antes mencionada y de cualquier otra que fuere procedente, a instancias y cargo de la concursada, dése publicidad a la conclusión del presente concurso mediante edictos a través del Tablón de Anuncios de este Juzgado. Contra esta resolución no cabe recurso (artículo 177.1 LC) Sevilla, 6 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  2. Otro acto concursal22/09/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de SevillaProc. 72/2018Ordonnance 19/09/2018

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 72/2018, con NIG 4109142120180047041 por auto de 6 de septiembre del presente se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor PUBLITFT, S.L. con CIF B-91.484.758, con domicilio en Avda. De la Astronomía, s/n, manzana 5, fase 1, torre 2, planta 3, módulos 1-2 de Sevilla y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido ABA REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS, S.L.P. con CIF B86553500, con domicilio en C/ Ferraz, n.º 4, 28008 de Madrid, con teléfono 915478201/02, con fax 915591867 y con dirección de correo electrónico abareestructuración@abareestructuración.com bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 19 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.