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Procédure collective
PUMAPER SOCIEDAD LIMITADA
CIF B96366323Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 16/01/2018 → 24/01/2022
- Procédure
- 000945/2017 · 945/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/01/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 000945/2017Ordonnance 18/10/2021
Nombramiento de Administrador concursal
- Apertura de liquidación22/10/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 945/2017Juge : (LAJ) JOSE VICTOR SANZ GORDONOrdonnance 18/10/2021
SE ACUERDA LA APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN. SE DECLARA LA DISOLUCIÓN DE LA MERCANTIL
- Otro acto concursal07/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 000945/2017Juge : SUSANA MARTINEZ DEL TOROOrdonnance 16/06/2022
SENTENCIA DE CALIFICACIÓN
- Conclusión del concurso07/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 000945/2017Juge : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAOrdonnance 16/06/2022
Auto de declaración de concurso.
- Declaración de concurso19/10/2018⚖️ VALENCIAOrdonnance 19/03/2018
Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 945/17, habiéndose dictado por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de fin de fase común y apertura de fase de convenio en fecha 19 de marzo de 2018 respecto de la mercantil Pumaper, S.L., con CIF. B96366323, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Procede aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 31 de mayo de 2018, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su actuación en el plazo de 15 días, informe que será remitido mediante comunicación telemática a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga conocimiento. Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento, y una vez que estime íntegramente cumplido el convenio, presentará al juez del concurso el informe correspondiente con la justificación adecuada y solicitará la declaración judicial de cumplimiento. Se ordena la formación de la sección 6ª de calificación con testimonio de esta resolución que la encabezará y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración." Valencia, 26 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso16/01/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 12/12/2017
Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 945/17 habiéndose dictado en fecha 12 de diciembre de 2017 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Pumaper, S.L. con CIF B96366323, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D.ª Isabel Gimeno Benlloch, con NIF n.º 25411940-E con domicilio profesional en Valencia, calle Jorge Juan, n.º 11, 1.ª, teléfono 963746659, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Ley Concursal. Valencia, 12 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.