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Procédure collective

QUALITY PORT SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95638078Voir la fiche société

Publications
106/05/201406/05/2014
Procédure
861/2013

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación06/05/2014
    ⚖️ BILBAOProc. 861/2013Ordonnance 25/11/2013

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 861/2013, NIG 48.04.2-13/024462, por Auto de fecha 25 de noviembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Quality Port, S.L., con NIF B95638078, con domicilio en c/ Muelle de Arriluce, s/n, local B, Puerto Deportivo, 48992 Getxo (Bizkaia), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Getxo (Bikzaia). La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191.ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración concursal. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. Tercero.- Que la Administración concursal ha recaido en doña María Ángeles Lorenzo Menchaca (Economista). Domicilio postal: calle Gran Vía, 42, ppal. dcha. (Bilbao). Dirección electrónica: mlconcursal1©grupozubizarreta.es. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184 Ley Concursal). Bilbao, 4 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.