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Procédure collective

QUARTZ SEAL SL

CIF B86730546Voir la fiche société

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112/02/201612/02/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso12/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridOrdonnance 08/01/2016

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncia Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado bajo el n.º 1079/15, sobre la mercantil QUARTZ SEAL, S.L., con CIF B86730546, en los que se ha dictado en fecha 8 de enero de 2016 Auto acordando: 1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador de los Tribunales, Sra. Arranz Bou, en nombre y representación de QUARTZ SEAL, S.L., con CIF B86730546. 2. Se declara en concurso, que tiene el carácter de voluntario al deudor QUARTZ SEAL, S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado. 3. El deudor QUARTZ SEAL, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del artículo 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a) Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido asignado. b) Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co., declarando la gratuidad de la inscripción en el "BOE". c) Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución. Madrid, 8 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.