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Procédure collective
QUESOS EL PICONERO, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B13329651Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 24/03/2015 → 27/04/2021
- Procédure
- 348/2014 · 1/2020 · 03/2015
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal27/04/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 348/2014Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 05/11/2020
EDICTO AUTO APRUEBA PLAN LIQUIDACIÓN
- Conclusión del concurso27/04/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 348/2014Juge : LUIS MARQUEZ DE PRADO MORAGUESOrdonnance 25/02/2021
- Dejar constancia del inicio negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio - Otorgar por plazo de tres meses, desde el 19/10/2020, los efectos contenidos en los artículos 586 a 594 TRLC
- Conclusión del concurso09/03/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 4Proc. 348/2014Juge : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZOrdonnance 25/02/2021
CONCLUSION Y ARCHIVO DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE BIENES
- Otro acto concursal09/03/2021⚖️ CIUDAD REALProc. 1/2020Ordonnance 25/02/2021
Edicto Doña María Pilar Sánchez Alarcón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC anterior, hoy art. 481 y ss del RD legislativo 1/2020 de 5 de mayo texto refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal CNA 348/2014, seguido frente a la mercantil, QUESOS EL PICONERO, S.L., con CIF: B-13329651, con domicilio en Picón, por auto de fecha 25 de febrero de 2021 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes. 2.- Se acuerda el cese definitivo de la administración concursal designada, Don Julio Viñuales Gálvez, con aprobación de las cuentas presentadas. 3.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral. 4.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares. Ciudad Real, 25 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Sánchez Alarcón.
- Otro acto concursal22/10/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 348/2014Juge : MARGARITA POVEDA BERNALOrdonnance 25/02/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Declaración de concurso24/03/2015⚖️ CIUDAD REALProc. 03/2015Ordonnance 19/03/2015
Don Gregorio Perez Fernandez-Mayoralas, Secretario/a Judicial de Jdo de Primera Instancia e Instruccion nº.4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1º.- Que en seccion I declaracion concurso 0000348 /2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 16/03/2015 auto de declaracion de concurso voluntario de quesos el piconero s.l., con CIF B-13329651, cuyo centro de intereses principales lo tiene en p.i. "el raso", parcela nº2 Picon (Ciudad Real). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de UN MES desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4º.- La identidad de la administración concursal es la siguiente: D. Julio Viñuales Galvez. La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: c/ Juan II, portal 1-A, piso 2º-A, 13001 de Ciudad Real . La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: [email protected]. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 19 de marzo de 2015.- Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.