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Procédure collective
QUIMICA OILERCO SL
CIF B92973734Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 03/07/2014 → 10/01/2023
- Procédure
- 1189.01/2013 · 1189/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/01/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 1189.01/2013Juge : ANA ISABEL DELGADO PUERTA (AC)Ordonnance 13/05/2021
Adjunto proyecto de inventario y lista de acreedores en el concurso de acreedores sustanciado ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Guadalajara arriba referenciado. El informe será remitido al Juzgado el próximo 26 de octubre de 2021.
- Otro acto concursal18/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 1189.01/2013Juge : Luis Durán AlfonsoOrdonnance 13/05/2021
Artículo 35.1 de la Ley Concursal (LC)
- Conclusión del concurso18/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1189.01/2013Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 13/05/2021
AUTO CONCLUSION DEL CONCURSO
- Conclusión del concurso19/05/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 1189/2013Ordonnance 13/05/2021
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal nº 1189/2013 (NIG: 2906742M20130002118) referente al deudor QUIMICA OILERCO, S.L., con CIF B92973734, por auto de fecha 13 de mayo de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando en su cargo el administrador. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 14 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, D. José María Casasola Díaz.
- Otro acto concursal03/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 1189/2013Ordonnance 05/06/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la L.C., Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1189/2013, con NIG 2906742M20130002118, por auto de 5 de junio de 2014 se ha declarado en concurso necesario al deudor QUÍMICA OILERCO S.L., con CIF B-92973734, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Se suspenden las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra: D. FRANCISCO JAVIER ROJI FERNÁNDEZ, Abogado, provisto de DNI 33.377.699-F, español, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio en Málaga, y dirección postal C/ Alameda de Colón n.º 2-2.º D, CP 29001, tfno.: 952-21 10 11, profesión: Abogado, y con dirección de correo electrónico [email protected], que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 16 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.