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Procédure collective
RAFAEL DURA SL
CIF B96259882Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 26/02/2018 → 21/05/2019
- Procédure
- 09/2019
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso21/05/2019⚖️ VALENCIAProc. 09/2019Ordonnance 18/07/2018
Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 469/17 habiéndose dictado en fecha 24/09/2019 por el Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, y auto rectificación de fecha 05/04/2019, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 469/17, promovido por el Procurador Sr. Moyá Valdemoro, Carlos, en nombre y representación de la mercantil Automoción Vilamarxant, S.L. y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Ana María Chamorro Genovés, con DNI n.º 73559818E, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Automoción Vilamarxant, S.L., con CIF B96259882, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C ) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración cocursal en su informe de fecha 18 de julio de 2018. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del Real Decreto Ley 3/2009), y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al procurador de la concursada Moyá Valdemoro, Carlos a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilma. Sr. D. Jorge de la Rúa Navarro, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Parte Dispositiva Se rectifica el Auto de conclusión, de 24/09/2018, en el sentido de aclarar que el CIF de la concursada Automoción Vilamarxant, S.L. es B96506498. Valencia, 5 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.
- Otro acto concursal16/11/2018⚖️ VALENCIAOrdonnance 24/09/2018
Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 629/17, habiéndose dictado en fecha 24 de septiembre de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de reapertura de concurso voluntario de acreedores de Rafael Durá, S.L., con CIF B96259882, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado como Administración concursal a D. José María Albors Camps, con NIF 24.319.630-M en su cualidad de Abogado, con domicilio profesional en avenida del Oeste, 26 51 Valencia, teléfono 669367670 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Ley Concursal. Valencia, 7 de noviembre de 2018.- El letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.
- Declaración de concurso08/05/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 06/07/2017
Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 469/17 habiéndose dictado en fecha 6 de julio de 2017 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Automoción Vilamarxant SL con CIF B96259882, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado como administración concursal a la persona física Ana María Chamorro Genovés con DNI/NIF número 738.598.18E en su cualidad de abogada, con domicilio profesional en calle Cirilo Amorós, n.º 76-3-5, teléfono 963284805 y electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 Ley Concursal. Valencia, 30 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso26/02/2018⚖️ VALENCIAOrdonnance 22/09/2017
Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 629/17 habiéndose dictado en fecha 22 de septiembre de 2017 por el Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Rafael Durá, S.L., con CIF B96259882, con declaración al propio tiempo de la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. Contra la resolución de conclusión cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días y para la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE. Valencia, 25 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.