AccueilJusticeRAMIR COMAS PUJOL SA

Procédure collective

RAMIR COMAS PUJOL SA

CIF A08607475Voir la fiche société

Publications
411/05/200904/02/2015
Procédure
198/2009

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación04/02/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 198/2009Ordonnance 16/12/2014

    María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, dicto el presente edicto al objeto de: - Dar publicidad a la resolución que acuerda la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento de convenio del concurso de la mercantil por la cual se tiene por concluida la fase común del concurso de Ramir Comas Pujol, S.A. - Dar posibilidad a los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido para que puedan comunicar su crédito en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de un mes a: Administrador Concursal: Juan Carlos Moya del Camp, con domicilio profesional en calle Jardí, 11, baixos A, 08202 Sabadell, teléfono número 937275657, fax número 937155102, con dirección electrónica consulting jardiassessors.com Procedimiento: Concurso voluntario 198/2009-C1. Fecha de Apertura de la Fase de Liquidación: 16 de diciembre de 2014. Sociedad Mercantil Concursada: Ramir Comas Pujol, S.A. CIF A08607475. Barcelona, 7 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación27/01/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 198/2009Ordonnance 16/12/2014

    María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, dicto el presente edicto al objeto de: - Dar publicidad a la resolución que acuerda la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento de convenio del concurso de la mercantil por la cual se tiene por concluida la fase común del concurso de Ramir Comas Pujol, S.A. - Dar posibilidad a los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido para que puedan comunicar su crédito en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de un mes a: Administrador concursal: Juan Carlos Moya del Camp, con domicilio profesional en calle Jardí, 11, baixos A, 08202 Sabadell, teléfono número 937275657, fax número 937155102, con dirección electrónica consulting@ jardiassessors.com, Procedimiento: Concurso voluntario 198/2009-C1. Fecha de Apertura de la Fase de Liquidación: 16 de diciembre de 2014. Sociedad Mercantil Concursada: Ramir Comas Pujol, S.A. CIF A08607475. Barcelona, 7 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

  3. Declaración de concurso15/06/2010
    ⚖️ BARCELONAOrdonnance 25/03/2009

    Doña María Aranzazu Alameda López Secretaria del Juzgado Mercantil número tres de Barcelona dicto, de conformidad con los artículos 132,23 y 24 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad a la sentencia que aprueba el convenio anticipado dictada por este Juzgado: Número de asunto.-Concurso voluntario 198/ 2009 sección C1. Entidad concursada.-"Ramir Comas Pujol, S.A.", con CIF A 08607475 y domicilio sito en carretera de Vilassar de Dalt, 21, Premià de Dalt ( Barcelona). Fecha del auto de declaración.-25 de marzo de 2009. Fecha de presentación de la propuesta de Convenio anticipado.-10 de junio de 2009. Fecha de la sentencia de aprobación de Convenio.-3 de mayo de 2010. Fallo: La aprobación del convenio anticipado de acreedores de la entidad mercantil "Ramir Comas Pujol, S.A.", adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación, el mantenimiento de las funciones aceptadas por la concursada en cuanto a la gestión interna de la compañía y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa. Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el articulo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso. No hay condena de costas. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Barcelona, 4 de mayo de 2010.- La Secretaria judicial.

  4. Declaración de concurso11/05/2009
    ⚖️ BARCELONA.Proc. 198/2009Ordonnance 25/03/2009

    Doña M. Aránzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil tres de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de Asunto. -Concurso Voluntario 198/2009 sección C1. Entidad Concursada. -Ramir Comas Pujol S.A, con cif A08607475. Fecha del Auto de Declaración.- 25 de marzo de 2009. Administradores Concursales. -Don Juan Carlos Moya del Campo (titulado mercantil), con correo electrónico [email protected] Facultades del Concursado.- Intervenida. Llamamiento a los Acreedores.- Disponen del plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración cuncursales la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona (08010) Ronda Sant Pere número cuarenta y uno quinta planta. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Barcelona, 15 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.