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Procédure collective

RANA MED SL

CIF B30864896Voir la fiche société

Publications
215/06/201808/10/2019
Procédure
186/2018
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MurciaProc. 186/2018Ordonnance 03/10/2019

    Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en el procedimiento Concurso 186/2018 de Rana Med, S.L., con CIF B-30864896, se dictó el 3 de octubre de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 3 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso15/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 186/2018Ordonnance 01/06/2018

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 186/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2018 0000346 se ha dictado en fecha 1 de junio de 2018, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Rana Med, S.L., con CIF B-30864896, cuyo domicilio social lo tiene en calle San Bernardo, n.º 15, Los Belones, 30385, Cartagena. 2.º- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor queden intervenidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal la sociedad Polo de Medina Procedimientos Concursales, S.L.P., con CIF B-73789653, designando como domicilio profesional para la remisión de créditos el sito en calle Polo de Medina, n.º 21, 3.º, 30004, Murcia, teléfono 968 221 922, fax 968 219 131 y dirección electrónica [email protected], designando para el desempeño del cargo al Economista y Auditor don José María Moreno García. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Murcia, 11 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.