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Procédure collective
REAL IDEAS STORE SL
CIF B30853931Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/10/2018 → 11/12/2019
- Procédure
- 252/2018
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal11/12/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MurciaProc. 252/2018Ordonnance 02/12/2019
Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en el procedimiento Concurso 252/2018 de Real Ideas Store, S.L., con CIF B-30853931, se dictó el 2 de diciembre de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 3 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
- Declaración de concurso04/10/2018⚖️ MURCIAProc. 252/2018Ordonnance 01/10/2018
Edicto Doña.Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección Declaración de Concurso 252/2018 y NIG n.º 300030 47 1 2018 0000457, se ha dictado en fecha 12/7/18 auto declaración de concurso voluntario del deudor Real Ideas Stores, S.L., con CIF B30853931, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vereda de Orihuela, s/n, piso 1.º,30700 Torre Pacheco-Murcia. 2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a Ten Ideas Auditores y Abogados, S.L.P., con domicilio postal en C/ Murcia y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos y de conformidad con el art.30 de la LC se ha nombrado como persona física al Letrado Jesús Pérez Jiménez. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal http.//www.registropublicoconcursal.es En Murcia a, 1 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.