Procédure collective
RECAMBUR SL
CIF B09307109Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 25/06/2012 → 08/05/2014
- Procédure
- 76/2012
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal08/05/2014⚖️ BURGOSProc. 76/2012Ordonnance 16/04/2014
Don Fernando Méndez Jiménez, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno (ant. 1.ª Instancia 4) de Burgos, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 76/2012 y NIG: 09059 42 1 2012 0003090, se ha dictado en fecha 10 de marzo de dos mil catorce, Auto declarando la conclusión y consiguiente archivo del deudor Recambur, Sociedad Limitada, con CIF B09307109, y domicilio social en la calle Federico García Lorca, número 17, bajo, en Burgos. 2.º Igualmente, se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Burgos, 16 de abril de 2014.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso25/06/2012⚖️ BURGOSProc. 76/2012Ordonnance 12/06/2012
Doña María del Pilar Lafuente de Benito, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Burgos, por el presente, hago saber: 1º.- Que en este órgano judicial con el número 76/2012 y NIG número 09059 42 1 2012 0003090 se sigue Concurso de Acreedores y en su Sección Primera de Declaración de Concurso, se ha dictado en fecha 14-05-2012 Auto de declaración de concurso del deudor Recambur, Sociedad Limitada, con CIF número B09307109 y domicilio social la Calle Federico García Lorca, número 17, bajo, en Burgos. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor siendo sustituídas por la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la abogada doña Beatriz Carbonell Rebolleda, con domicilio en Plaza de la Libertad, número 9, 1.º D, CP 09004 Burgos, y dirección de correo electrónico: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 12 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.