AccueilJusticeRECURVAL SL

Procédure collective

RECURVAL SL

CIF B96399951Voir la fiche société

Publications
326/06/200930/04/2011
Procédure
03/2009

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso30/04/2011
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 08/04/2011

    Don/Doña Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 000875/2008 Voluntario, de la deudora Concursada Recurval, S.L., con CIF n.º B-96.399.951, con domicilio en la carretera Real de Madrid, Km 234, Albal (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha ocho de abril de dos mil once por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículo 178 de la Ley Concursal) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 8 de abril de 2011.- El Secretario Judicial, don/doña Jorge Víctor Iglesias de Baya.

  2. Apertura de liquidación08/05/2010
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 25/03/2010

    Doña Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Concursal Abreviado 000875/2008 voluntario, de la deudora concursada Recurval, Sociedad Limitada, con CIF número B-96.399.951, con domicilio en la Carretera Real de Madrid, km. 234, Albal (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 25 de marzo de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Sección 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. En Valencia a, 25 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial, Jorge Víctor Iglesias de Baya.

  3. Otro acto concursal26/06/2009
    ⚖️ VALENCIA.Proc. 03/2009Ordonnance 16/03/2009

    D/Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Procedimiento Concursal Abreviado voluntario número 000875/2008, de la empresa Recurval, Sociedad Limitada, con CIF/NIF número B-96399951, habiéndose dictado en fecha 16/03/2009, por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez Providencia comunicando que se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptivo con sus anexos previstos en el artículo 95 de la Ley Concursal haciendo saber a los interesados que dicho informe y demás documentación queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado pudiendo obtener copia a su costa en los términos del artículo 96-1.º de la Ley Concursal, disponiendo aquellos acreedores y demás interesados de un plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores a contar desde la última de las publicaciones ordenadas en el Boletín Oficial del Estado y en el diario Levante "El Mercantil Valenciano", para dicha impugnación se necesita valerse de abogado y procurador. En Valencia a, 16 de marzo de 2009.- El secretario Judicial. Don Jorge Víctor Iglesias de Baya.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.