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Procédure collective

RECYTECH IBERIA SL EN LIQUIDACION

CIF B97648190Voir la fiche société

Publications
214/06/201813/06/2025
Procédure
762/2017
Tribunal
Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 762/2017Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 08/05/2025

    INF FINAL

  2. Declaración de concurso14/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrdonnance 03/05/2018

    Edicto D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Necesario nº 000762/2017, habiéndose dictado en fecha tres de mayo de dos mil dieciocho por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Segui auto de declaración de concurso de acreedores de Recytech Iberia SL con domicilio en Calle Braç de L'Alter, Nº 33 Beniparrell (Valencia), y CIF nº B97648190. Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 8272, Libro 5563, Folio 92, Sección 8ª Hoja V-107686, Inscrispción 1ª. Que se ha acordado la Suspensión de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª Tecea Auditores S.L.P. con domicilio en la Calle Colón, Nº 1 Planta 7ª Valencia y correo electrónico "[email protected]". Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de Un Mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial Del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 3 de mayo de 2018.- Letrado de la Admón. de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.