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Procédure collective

REGAL ARTS SA

CIF A58572215Voir la fiche société

Publications
214/02/201327/09/2023
Procédure
848/2012
Tribunal
Mercantil - 5

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso27/09/2023
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 848/2012Juge : FLORENCIO MOLINA LÓPEZOrdonnance 26/09/2023

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  2. Declaración de concurso14/02/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 848/2012Ordonnance 01/02/2013

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, 12.ª planta. Número de asunto. - Concurso voluntario 848/2012 8.ª Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del concurso y CIF.- "Regal Arts, S.A.", CIF A-58572215. Fecha del auto de declaración.- 1 de febrero de 2013. Administradores concursales.- Don Juan Carlos Peralta Niubo, con NIF 40851047-B, domiciliado en Barcelona, en la París, número 205, 4.º 1.ª, y número de teléfono 93-2413535, 629139657, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la asdministración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 5 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.