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Procédure collective

REGIS PARK SL

CIF B63469639Voir la fiche société

Publications
229/10/201306/10/2017
Procédure
499/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso06/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 499/2013Ordonnance 18/09/2017

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso voluntario n.º 499/2013-D se dicto un Auto de fecha 15-9-2017 por el que se ha declarado la conclusión del concurso de Regis Park, S.L., con NIF B-63469639, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 18 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal29/10/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 499/2013Ordonnance 26/09/2013

    Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G.08019-47-1-2013-8001362 y n.º 499/2013-D se ha declarado el concurso voluntario de naturaleza principal de fecha 02-09- 2013, de Regis Park, S.L., con CIF n.º B63469639 y domicilio en C/ París, 181, 2ª de Barcelona (08036), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D. Antonio Muñoz de Gispert, obrando en nombre y representación de la sociedad Muñoz de Gispert Estudio Legal, S.L.P., con domicilio/Muntaner, número 379, entlo. 1.ª, de Barcelona (08021), y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en calle Muntaner, n.º 379, entlo., 1.ª, de Barcelona (08021), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales también se señalará un domicilio o una direccion electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. barcelona, 26 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.