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Procédure collective

RESIDENCIAL SAN ADRIAN SA

CIF A26068080Voir la fiche société

Publications
223/06/201411/10/2019
Procédure
359/2014

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso11/10/2019
    ⚖️ LOGROÑOProc. 359/2014Ordonnance 08/10/2019

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º - Que en el procedimiento número 359/2014, N.I.G.: 26089 42 1 2014 0003466, por Auto de fecha 8 de octubre de 2019 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la Mercantil Residencial San Adrián, S.A., con CIF A-26068080 y domicilio social en plaza de la Vendimia n.º 7 bajo de Logroño (La Rioja). Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los Acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2.º - Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3.º - La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los Acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4.º - Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Residencial San Adrián, S.A., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de La Rioja. 5.º - A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente Edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal. Logroño, 8 de octubre de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

  2. Declaración de concurso23/06/2014
    ⚖️ LOGROÑOProc. 359/2014Ordonnance 05/06/2014

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 359/2014, Sección I, Declaración Concurso y NIG n.º 26089 42 1 2014 0003466 se ha dictado en fecha 5 de junio de 2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Residencial San Adrián, S.A., con domicilio social en plaza de la Vendimia, n.º 7, bajo, de Logroño (La Rioja), y CIF A-26068080. 2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a Práctica Concursal, S.L.P., habiendo aceptado el cargo don Pablo Arrieta Villareal como administrador solidario de la misma, de profesión abogado, con domicilio profesional en calle Miguel Villanueva, 3, 1.º, oficina 3 y 4, de Logroño, con dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Logroño, 18 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.