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Procédure collective
RESMU AUDIOVISUALES SL
CIF B86117231Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 15/02/2016 → 15/02/2016
- Procédure
- 741/2015
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal15/02/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 741/2015Ordonnance 03/02/2016
Edicto D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 741/2015, por auto de 1-2-16 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor RESMU AUDIOVISUALES, S.L. con domicilio en c/ José Ortega y Gasset, 23 de Madrid y CIF B86117231. 2.º Que el deudor mantiene las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Carlos Romero Sanz de Madrid con domicilio en c/ Zurbano, 96, 3.º drcha. 28003 Madrid, teléfono 914420928 913992028 y fax 914420928 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de febrero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.