Procédure collective
RESTADELIA SL
CIF B56003296Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 12/03/2019 → 17/05/2021
- Procédure
- 603/2019 · MEC/2019/1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal17/05/2021⚖️ CÓRDOBAProc. 603/2019Ordonnance 13/01/2020
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 603/2019, con NIG 1402142120190016888, por auto de 29/10/19 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Restadelia, S.L., con CIF B56003296 y domicilio en Av. Manuel Reina, 79, Bajo, Puente Genil, España y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Estudios Mercantiles 2016, S.L.P., con CIF n.º B14934038, domicilio postal en Plaza de las Tendillas, N.º 2, 2.º, Córdoba. y dirección electrónica [email protected] El representante legal de la entidad designa como persona física que ejercerá el cargo de administrador concursal a D. Antonio César Ollero Fernández, socio profesional de la entidad, de profesión Abogado y mismo domicilio. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Tablón de Anuncios del Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 13 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gamez.
- Otro acto concursal12/03/2019Proc. MEC/2019/1Ordonnance 22/01/2019
Nombramiento de mediador Concursal
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.