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Procédure collective
RESTAURACIONES TENECAN SL
CIF B76774801Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 11/02/2021 → 19/02/2021
- Procédure
- 317/2020
- Tribunal
- MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso19/02/2021⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEOrdonnance 26/01/2021
Don Carlos Aymerich Rojas, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000317/2020, seguido a instancias del Procuradora Doña Montserrat Paula Zubieta Padrón, en nombre y representación de Restauraciones Tenecan, Sociedad Limitada, se ha dictado Auto el día 26 de enero de 2021, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara y acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de Restauraciones Tenecan Sociedad Limitada con Código de Fiscal B 76774801. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Doña Elena Fraile Lafuente, Juez. Magistrad-Juez y Don Carlos Aymerich Rojas, Letrado de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Santa Cruz de Tenerife, 29 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Carlos Aymerich Rojas.
- Conclusión del concurso11/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 317/2020Juge : ELENA FRAILE LAFUENTEOrdonnance 26/01/2021
Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.