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Procédure collective

REUS PLUS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43983121Voir la fiche société

Publications
211/02/201324/12/2015
Procédure
832/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso24/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de TarragonaOrdonnance 15/12/2015

    EDICTO D. Juan Holgado Esteban, Letrado de la Adm. Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de conclusión del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso nº 832/12-5 NIG: 4314847120128006782 Fecha del auto: 15/12/15 Clase de concurso: Voluntario Abreviado Entidad concursada: REUS PLUS S.L. con domicilio en c/. Astorga, 83 de Reus (Tarragona), CIF nº B43983121, representada por el procurador D. Custodio Aguilera Aguilera. Tarragona, 15 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Adm. Justicia.

  2. Declaración de concurso11/02/2013
    ⚖️ TARRAGONAProc. 832/2012Ordonnance 16/01/2013

    Edicto El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, Por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 832/2012-5 se ha dictado en fecha 16/01/13 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Reus Plus, S.L., con CIF B43983121, y domicilio social en c/. Astorga, 83, de Reus (Tarragona), representada por el procurador D. Custodio Aguilera Aguilera, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. Francisco Javier Díaz-Gálvez de la Cámara con e-mail: [email protected] la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 16 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.