Accueil›Justice›REYAL URBIS SA EN LIQUIDACION
Procédure collective
REYAL URBIS SA EN LIQUIDACION
CIF A28238988Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 04/04/2013 → 21/09/2017
- Procédure
- 139/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación21/09/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridProc. 139/2013Ordonnance 28/07/2017
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario ordinario bajo el nº 139/2013 sobre la mercantil REYAL URBIS S., con CIF A-28238988 en cuyos autos se ha dictado resolución en fecha 28 de julio de 2017, acordando: 1.-Acordar la apertura de oficio, de la fase de liquidación, de la mercantil REYAL URBIS S.A. 2.-Acordar la suspensión, durante la fase de liquidación, de los administradores sociales en las facultades de administración y disposición, que serán íntegramente asumidas por los administradores concursales, con todos los efectos establecidos en el Título III de la L. Co. 3.-Declarar el cese de los administradores o liquidadores sociales –en su caso–, que serán sustituidos por la Administración concursal. 4.-Declarar disuelta la sociedad concursada; si no estuviera ya acordada la misma. 5.-Declarar, junto a lo señalado en el Capitulo II del Título III de la L.Co, a fecha de la presente resolución, el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos consistentes en otras prestaciones. Y para que sirva de publicidad en forma expido y firmo la presente. Madrid, 5 de septiembre de 2017.- El Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal24/09/2013⚖️ MADRIDProc. 139/2013Ordonnance 05/09/2013
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia, Primero.- Que en el procedimiento concursal número 139/2013, referente al deudor "Reyal Urbis, Sociedad Anónima", con código de identificación fiscal A28238988, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I, del Título IV, de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los Tribunales. Madrid, 5 de septiembre de 2013.- El/la Secretario judicial.
- Otro acto concursal04/04/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 04/03/2013
Doña M.C. Sanz, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia, Primero.- Que en el procedimiento número 139/13, por auto de 4 de Marzo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor, "Reyal Urbis, Sociedad Anónima", con Código de Identificación Fiscal, A28238988 con domicilio en calle Ayala, n.º 3 de Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualesquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: BDO Auditores, S.A., con domicilio en la calle Paseo de Recoletos n.º 37-41 28004 Madrid, o por correo electrónico: [email protected] Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC.) Madrid, 22 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.