AccueilJusticeREZINCLAJE 99 SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

REZINCLAJE 99 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B97763650Voir la fiche société

Publications
226/01/201317/10/2016
Procédure
1225/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso17/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1225/2012Ordonnance 03/05/2016

    Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1225/2012 habiéndose dictado en fecha 3 de mayo de 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1225/2012, promovido por el Procurador Sr/a. Quereda Palop, Jesús, en nombre y representación de la mercantil Rezinclaje 99, SLU, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Dª. Elena Vila Brull, con DNI Nº 44512198-E, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Rezinclaje 99, SLU, con C.I.F. B97763650, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 7 de marzo de 2016. Valencia, 3 de mayo de 2016.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.

  2. Declaración de concurso26/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1225/2012Ordonnance 13/11/2012

    Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1225/2012 habiéndose dictado en fecha 13 de noviembre de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso Voluntario de acreedores de Rezinclaje 99, S.L.U., con CIF. B-97763650, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña Elena Vila Brull, con domicilio profesional en Calle Transits, 2-1-C-D, Valencia, teléfono 963509353, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 13 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.