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Procédure collective

RIVAIN SL

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2 — 24/09/2009 → 03/12/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: Primero

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso03/12/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: PrimeroOrdonnance 15/11/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 397/08 Rivain, S.L., con CIF B 82646860, en el cual se ha dictado con fecha 15 de noviembre de 2011 auto de conclusión del concurso por la inexistencia de bienes y derechos (artículo 176.1. 4.º LC). Segundo.-El cese de las limitaciones de las facultades de administración y de disposición del deudor subsistentes. Tercero.-Se declara aprobada la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Cuarto.-Que la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en la LC. Madrid, 15 de noviembre de 2011.- La Secretaria.

  2. Apertura de liquidación24/09/2009
    ⚖️ MADRID.Ordonnance 07/09/2009

    El Juzgado de lo Mercantil Número 4 de Madrid. Anuncia Que en el procedimiento concursal número 397/08 referente al concursado Rivain, Sociedad Limitada Código de Identificación Fiscal B82646860, por auto de fecha 7 de septiembre de 2009 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil concursada Rivain, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- Abrir la Sección sexta de calificación. Póngase en conocimiento de los interesados que dentro de los 10 días siguientes cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 7 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.