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Procédure collective

ROCANOR SL

CIF B15420094Voir la fiche société

Publications
204/12/201204/04/2019
Procédure
282/2012 · 2012/0000
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso04/04/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A CoruñaProc. 282/2012Ordonnance 08/03/2019

    EDICTO Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 282/2012-C relativos al deudor ROCANOR, con CIF B-15420094 se ha dictado en fecha 04.12.2018 el Auto de Conclusión en el que se acordó: 1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 282/2012 referente al deudor Promotora Rocanor, S.L. por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de A Coruña, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro. 4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. 6.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. 7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. 9.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios. A Coruña, 8 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

  2. Declaración de concurso04/12/2012
    ⚖️ A CORUÑAProc. 2012/0000Ordonnance 05/11/2012

    Edicto D. Domingo Villafañez García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso Necesario Abreviado n.º 282/12-c y NIG n.º 15030 47 1 2012/0000557 se ha dictado en fecha 2-11-12 Auto de Declaración de Concurso Necesario Abreviado del deudor "Rocanor, S.L.", con CIF B-15420094, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña-15009, avenida de Chile, 24, bajo. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista D. Pedro Bautista Martín Molina, con domicilio postal en A Coruña, c/ Juan Flórez, n.º 21, 5.º A, tfno. 91-7587512, fax 91-5599729, y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 5 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.