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Procédure collective

"Rodríguez París, S.L."

CIF B45048303Voir la fiche société

Publications
118/07/201318/07/2013
Procédure
177/2013

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso18/07/2013
    ⚖️ TOLEDOProc. 177/2013Ordonnance 02/07/2013

    Edicto. Don Alfonso José Moreno Moreno, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Inst. e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 177/2013 y NIG 45168 41 1 2013/0010274, se ha dictado en fecha 2/7/2013 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Rodríguez París, S.L.", con CIF B45048303, cuyo domicilio social y centro de intereses principales lo tiene en calle Doctor Fleming, s/n, Polígono Industrial Torrehierro, Talavera de la Reina (Toledo). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio por la Administración concursal. Se ha designado como Administrador concursal al abogado don Emilio Fernando Gutiérrez Gracia y como auxiliar delegado a la mercantil "A B Asesores Concursales y Laborales, S.L.", quienes han señalado como domicilio postal c/ Carreteros, 1, planta 1.ª, 45003 Toledo, y dirección electrónica [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior en el plazo de un mes a partir de día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso de publicaran en la siguiente dirección electrónica del Registro Publico Concursal. Toledo, 2 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.