AccueilJusticeROIGE SALTO SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

ROIGE SALTO SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43041912Voir la fiche société

Publications
513/08/201212/09/2024
Procédure
287/2012
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/09/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 287/2012Juge : JUAN HOLGADOOrdonnance 09/09/2024

    Se declara concluso el concurso

  2. Otro acto concursal22/07/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 287/2012Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 16/07/2024

    Se complementa la rendición de cuentas

  3. Otro acto concursal16/07/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 287/2012Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 16/07/2024

    Se complementa la rendición de cuentas

  4. Otro acto concursal17/06/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 287/2012Juge : JUAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 10/06/2024

    SE HA PRESENTADO POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL ESCRITO DE RENDICION DE CUENTAS

  5. Declaración de concurso13/08/2012
    ⚖️ TARRAGONAProc. 287/2012Ordonnance 20/07/2012

    Edicto El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, Por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 287/2012-2 se ha dictado en fecha 18/06/12 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Roige Salto, S.L., con CIF B43041912, y domicilio social en C. les Comes Parc, f-9 del Polígon L'Alba de Vila-Seca (Tarragona), representada por el procuradora Marta López Cano y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. José Antonio Cardona del Álamo con dirección de correo: [email protected], la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador, en dicho e-mail, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona. Tarragona, 20 de julio de 2012.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.