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Procédure collective

ROMA EVENTOS SL EN LIQUIDACION

CIF B35968767Voir la fiche société

Publications
216/04/201606/06/2025
Procédure
8/2016 · 22/2003
Tribunal
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso06/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 8/2016Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 03/06/2025

    SE DECLARA LA CONCLUSIÓN (VER ARCHIVO ADJUNTO)

  2. Declaración de concurso16/04/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 11/02/2016

    E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACION Doña Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000008/2016, seguido a instancias del Procurador/a don Adolfo Martin Morales, en nombre y representación de Roma Eventos S.L., se ha dictado Auto el día 11 de febrero de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de D./Dña. Roma Eventos S.L. con CIF, n.º B35968767, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: don Lorenzo Bernardo López Santana, con NIF número 42.751.937-C, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Luis Morote n.º 6. Piso 1.º CP 35.007 Las Palmas, con teléfono 928.27.01.05, fax número 928.26.21.95 y correo electrónico [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión de las mismas, quedando sustituido en el ejercicio de éstas por la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Doña. Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. -Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 28 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.