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Procédure collective
ROMA ILUMINACION SL
CIF B96737861Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 29/07/2015 → 21/10/2020
- Procédure
- 81/2015
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · MERCANTIL - 3
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal21/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 81/2015Ordonnance 16/10/2020
Edicto Don EMILIO JOSÉ ZORNOZA ARANA, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, En el procedimiento concursal 81/2015 de la mercantil ROMA ILUMINACIÓN, S.L., con CIF n.º B96737861 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por insuficiencia de masa activa para atender a los créditos contra la masa pendientes de pago. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 16 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Otro acto concursal24/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 81/2015Juge : ALICIA EGUREN PRIETOOrdonnance 10/09/2020
Declaro a este Órgano judicial competente territorialmente para conocer de la solicitud declaración de concurso consecutivo. Declaro a GERARDO NUÑEZ SARCEDA en concurso de acreedores consecutivo; con todos los efectos legales inherentes
- Conclusión del concurso24/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 81/2015Juge : MONTSERRAT MOLINA PLAOrdonnance 10/09/2020
AUTO DECLARANDO CONCLUSO EL CONCURSO
- Conclusión del concurso21/09/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 81/2015Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 10/09/2020
ACUERDO LA CONCLUSION DEL CONCURSO VOLUNTARIO DE LA MERCANTIL ROMA ILUMINACION S.L. CON CIF B96737861 POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA PARA ATENDER LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA PENDIENTES DE PAGO, CESANDO EL RÉGIMEN DE INTERVENCIÓN DE FACULTADES SOBRE
- Otro acto concursal29/07/2015⚖️ MADRIDProc. 81/2015Ordonnance 03/07/2015
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 81/2015, con N.I.G. 2807900220150018568 por auto de 3 de julio de 2015, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Roma Iluminación, S.L., con C.I.F. B-96737861, y con domicilio en la calle Doctor Gómez Ulla, 26, de Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Andrés Aznar Alcoriza, avenida del Mediterráneo 7, 8.º A, 28007 de Madrid, y en el correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Madrid, 3 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.