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Procédure collective
RONÇANA VALLES SL
CIF B61207031Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 14/05/2020 → 04/11/2020
- Procédure
- 699/2008
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal04/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 699/2008Juge : DESAMPARADOS ALMENAR BELENGUEROrdonnance 09/09/2020
Juzgado Primera Instancia número 23 de Valencia, se siguen Autos de Concurso Abreviado registrado con el número 1843/19, solicitado por Dª MARIA DOLORES MARIN CARBONELL, con NIF 73.921.615-Y, dictado en fecha 16 de enero de 2020.
- Otro acto concursal04/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 699/2008Juge : JULIO JUAN MARTINEZ ZAHONEROOrdonnance 09/09/2020
DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO
- Otro acto concursal14/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BarcelonaProc. 699/2008Ordonnance 09/09/2020
Doña Margarita Marquina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso ordinario 699/2008 se dictó un auto de fecha 9 de septiembre de 2020, por el que se ha declarado concluso el concurso de Roçana Vallés, S.L., con NIF B-61207031, con domicilio en Camí de la Bastida, s/n, de Santa Eulalia de Ronçana (Barcelona). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 1 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.
- Conclusión del concurso14/05/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 699/2008Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 09/09/2020
Auto declaración concurso
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.