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Procédure collective
ROTABOOK SERVICIOS DE IMPRESION SL EN LIQUIDACION
CIF B45615044Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 29/10/2018 → 18/02/2021
- Procédure
- 142 / 2018 · 142/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación18/02/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 142 / 2018Juge : MARIA JOSE FRESNEDA DOMINGUEZOrdonnance 21/11/2019
1.- Dejar constancia de la comunicación al órgano judicial del inicio negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación y/o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio efectuada por el deudor D. IVÁN RUÍZ GARCÍA.
- Otro acto concursal18/02/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 142 / 2018Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 09/10/2018
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- Otro acto concursal04/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 142 / 2018Juge : SOFIA GIL GARCIAOrdonnance 09/10/2018
EDICTO
- Declaración de concurso04/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TOLEDO Proc. 142 / 2018Juge : DOÑA.BÁRBARA CÓRDOBA ARDAOOrdonnance 09/10/2018
AUTO DECLARACIÓN CONCURSO
- Declaración de concurso29/10/2018⚖️ TOLEDOProc. 142/2018Ordonnance 24/10/2018
D. María Jesús Gracia Guerrero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 142/2018 y NIG 45168 41 1 2018 0003488, se ha dictado en fecha 09/10/2018 Auto de Declaración de Concurso necesario y ordinario del deudor ROTABOOK SERVICIOS DE IMPRESIÓN, S.L., C.I.F. núm. B-45615044. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal/Liquidador a D.ª Carmen Izquierdo Pérez, con domicilio postal en la Calle General Villalba, 2 bis y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 24 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, M. Jesús Gracia Guerrero.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.