Procédure collective
ROTOBIG SA
CIF A62339312Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 19/11/2013 → 04/02/2017
- Procédure
- 682/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso04/02/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 682/2013Ordonnance 28/11/2016
Edicto dando publicidad al archivo de concurso Doña María Aranzazu Alameda López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 682/2013, en el que se ha dictado Auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Rotobig, S.A., con CIF núm. A62339312 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso 682/2013 Sección C5. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8005029. Entidad concursada.- Rotobig, S.A., con CIF A62339312. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de conclusión.- 28/11/16. Barcelona, 28 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso19/11/2013⚖️ BARCELONAProc. 682/2013Ordonnance 11/10/2013
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 682/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Rotobig, S.A.,y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso 682/2013 Sección C5. Nig del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8005029. Entidad concursada.- Rotobig, S.A., con CIF número A62339312. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 11 de octubre de 2013. Administrador/es concursal/es.- Don Oriol Ripoll Pañella, con correo electrónico [email protected], domicilio en Av. Diagonal, 482, 1.ª 08013 Barcelona (Barcelona) y número de teléfono 934155777. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC.- los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.