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Procédure collective
ROTULOS BENICALAP SL
CIF B97487649Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/07/2010 → 13/02/2012
- Procédure
- 441/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso13/02/2012⚖️ VALENCIAOrdonnance 30/12/2012
D/D.ª María Teresa García Grande, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Que en este Juzgado se tramitan auto de concurso de Acreedores núm. 441/10 de la mercantil Rótulos Benicalap, con CIF. B-97487649, habiéndose dictado en fecha 30 de diciembre de 2012 auto por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 Valencia, cuya Parte Dispositiva, dice: Se decreta la conclusión del concurso y el archivo de de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, a salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Se acuerda, de conformidad con el artículo 178.3 LC, la extinción de la mercantil Rótulos Benicalap, S.L., disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal, Francisco Javier Plana Andrés, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 de la LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. Despachos que serán entregados para su diligenciamiento al Procurador de los Tribunales, D. Julio Just Vilaplana. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 177 de la L.C. se expide el presente. Valencia, 30 de diciembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso20/07/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 441/2010Ordonnance 07/07/2010
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago Ssber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 441/2010 habiéndose dictado en fecha 7 de julio de 2010 por el Ilmo/a Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Rótulos Benicalap, S.L., con CIF B97487649, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Javier Plana Andrés, con domicilio profesional en Valencia, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 7 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.